Edward Valdez
La Comisión de Administración y Procuración de Justicia del Congreso de la Ciudad de México aprobó un dictamen a tres iniciativas para reformar el Código Penal local, y con ello combatir el delito de extorsión.
Este dictamen es el resultado de las propuestas planteadas por la diputada del PRI, Tania Larios Pérez; la alcaldesa en Cuauhtémoc, Alessandra Rojo de la Vega Piccolo; y la titular de la jefatura de Gobierno, Clara Brugada Molina.
Al hacer uso de la voz, el presidente de la comisión, Alberto Martínez Urincho mencionó que, durante el lapso de análisis del dictamen, se recibieron observaciones para enriquecer el instrumento legislativo, mismas que fueron consideradas para su construcción.
Afirmó que las modificaciones al Código Penal local buscan dar respuesta a las necesidades de la ciudadanía, a efecto de garantizar la seguridad de sus bienes y su integridad.
Por su parte, la diputada de Morena, Elizabeth Mateos Hernández señaló que este dictamen es relevante al abordar tres temas fundamentales: la cobranza ilegítima, el cobro de
piso y los fraudes tecnológicos.
Por lo que “representa un paso firme hacia la seguridad y la justicia que merecen las y los capitalinos”; y reconoció el compromiso y la visión de la jefa de Gobierno, al presentar esta iniciativa que refuerza la lucha contra la extorsión, responde a un problema estructural y demuestra que su gobierno cumple los compromisos en materia de seguridad con la ciudadanía.
Por su parte, el diputado del PAN, Mario Enrique Sánchez Flores afirmó que convertir la extorsión en un delito grave en la capital “es sin duda de gran importancia, ya que se protegerá a la ciudadanía, pues ese delito acarrea consecuencias devastadoras para las víctimas; pero además impacta de manera directa a la economía al desalentar la inversión en la capital y, porque además, éste proyecto de decreto fortalece la justicia al convertir la extorsión en un delito prioritario”.
En su intervención, la también panista, Olivia Garza de los Santos dijo estar a favor de las reformas que comprende el dictamen, ya que tienen como propósito asegurar que la ciudadanía no sea víctima del delito de extorsión en todas sus formas, el cual afecta directamente a la seguridad de las y los capitalinos.
¿Qué dice el dictamen?
Cabe destcar que las iniciativas coinciden en que el delito de extorsión, además de afectar los bienes materiales de las personas, también implica un atentado directo a su tranquilidad, al colocarlas en un estado de desequilibrio físico y psicológico, que no termina al momento de satisfacer las demandas de quien perpetra el delito.
Este dleito se castigará con hasta 15 años de prisión, y tendrá a 15 agravantes, por lo que la pena se aumentará en una mitad.
Las agravantes son:
• Se realice por servidor o exservidor público de cualquier nivel de gobierno. Se impondrán además al servidor público la destitución del empleo, cargo o comisión público y, tratándose de servidor o exservidores públicos, se le inhabilitará por el mismo tiempo que la pena de prisión impuesta para desempeñar empleo, cargo o comisión público;
• Se realice por un miembro o exmiembro de una empresa de seguridad privada;
• Se realice con la presencia física del sujeto activo, o por una interpósita persona;
• Se cometa utilizando como medio comisivo la vía telefónica, el correo electrónico o cualquier otro medio de comunicación electrónica;
• Se cometa empleando imágenes, mensajes escritos, audios o videos de contenido sexual íntimo, sean reales o editadas;
• Se realice por persona que se ostente como integrante o miembro de un grupo u organización delictivo, aun cuando no lo sea;
• Se realice desde el interior de cualquier centro penitenciario o de reinserción social;
• Se realice en contra de personas dedicadas al comercio;
• Se realice en contra de personas dedicadas al transporte de personas o mercancías;
• Se realice en contra de personas menores de dieciocho o mayores de sesenta años;
• Se realice haciendo uso de personas menores de dieciocho años;
• Si quien lo realiza obtiene el beneficio pretendido por la extorsión;
• Se realice ocasionando daños en las instalaciones de comercios, negocios o bienes en propiedad o posesión de la víctima;
• Se realice con la intervención de una o más personas armadas o portando instrumentos que pongan en peligro la integridad física o la vida de la víctima, o que tengan la apariencia de arma de fuego; y
• Se realice para obtener el cobro de un daño, derivado de un hecho de tránsito.
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